1) Durante el mes de enero se sugiere revisen e integren todas las cuentas de Activo y Pasivo para depurarlas si fuese necesario ya que podrían surgir Gastos en las cuentas de Anticipos y podría ayudar a la empresa a disminuir la utilidad sujeta a ISR,
2) Es importante tengan la conciliación Bancaria al 31 de diciembre 2025 porque en las revisiones actuales de SAT las está solicitando,
3) Es sumamente importante y necesario revisar como quedó el inventario físico que debieron haber tomado los últimos días del mes de diciembre 2025 para depurarlo en lo que fuese necesario porque a más tardar 31 de enero 2026 deberán enviar el Reporte de Inventarios al 31 de diciembre 2025 a la SAT en el formato que ya existe para el efecto,
4) Deberán de tomar los nuevos Salarios Mínimos según el Acuerdo Gubernativo 256-2025 del MINTRAB con fecha 22 de diciembre 2025 y con vigencia a partir del 1 de enero 2026, con estos salario deberán de realizar la proyección para determinar el importe a retener de ISR asalariados del sueldo del mes de enero de los trabajadores.
5) Deberán de tener especial cuidado en la elaboración de la Declaración del IVA del mes de diciembre a presentarse a más tardar el 31 de enero 2026, porque en esta última declaración del IVA del 2025, se deberán de incluir todos los gastos realizados en el mes de diciembre ( incluso si hubiesen pendiente de noviembre) para apoyar a la empresa a disminuir el monto de la utilidad previa a cálculo del ISR Anual 2025,
6) Recordar que la planilla del IGSS del mes de diciembre debe presentarse en base a los sueldos vigentes en el mes de diciembre y la del mes de enero 2026 ( en febrero) con los nuevos sueldos mínimos según Acuerdo Gubernativo 256-2025,
7) Es aconsejable que al 31 de enero 2026 tengan totalmente al día los libros contables y de Registros de compras y ventas del IVA para que la Declaración tenga sustento sobre la base de libros actualizados.