- Recordar que a partir del 14 de Enero 2023, ya no se puede facturar a consumidor final por valores arriba de Q2,500.00 y las que prepare por valores menores deberán de llevar el NIt o el DPI del comprador.
- Recordar que a partir del 17 de Enero 2023 en adelante, si ha venido operando con uno o dos trabajadores, deberá de inscribir su empresa al régimen del IGSS al tenor del reglamento contenido en el acuerdo 1529 del IGSS.
- Revisar si efectuaron pagos de remuneraciones de accionistas o sueldos a gerentes durante el 2022, de ser así el primer caso deberá de operarse en la contabilidad personal del accionista y el segundo caso deberá de hacerse una declaración anual de asalariados al 31 de Diciembre 2022.
- No olvide pagar los sueldos del mes de Enero 2023 con los nuevos sueldos y salarios mínimos diferenciados que están en vigencia a partir del 1 de Enero 2023.
RECOMENDACIONES MES DE OCTUBRE
2) Verificar si están reteniendo ISR a los empleados o si habrá que modificar la retención por los aumentos de sueldos otorgados, 3) Verificar si se está trasladando adecuadamente el crédito fiscal del IVA entre la Declaración anterior y la presente, para no tener que rectificar posteriormente, 4) Revisar si los saldos de los Bancos con que opera ... Leer más