RECOMENDACIONES MARZO

  1. Tomar en cuenta que el 20 de febrero 2025 entro en vigor la disposición de la SAT respecto a que es obligatorio inscribirse o actualizarse en el patrón de exportadores de bienes o servicios a partir de esa fecha y cada año realizar la actualización correspondiente,
  2. Los empresarios que tienen inscrita una empresa únicamente para salvaguardar un bien inmueble y no le han dado ningún movimiento y han presentado doce declaraciones sin movimiento, podrán ser suspendidas por SAT, se sugiere que se haga un Contrato de arrendamiento y se facture una cantidad mensual para no incurrir en esta exposición ante SAT,
  3. Mantener debidamente integrado el pago y la aplicación del ISO  ya que la SAT está enviando avisos donde sugieren que hay inconsistencias en el pago del ISO,
  4. Solo el mes de marzo se tiene para la presentación de la Declaración Jurada Anual del ISR 2024 y recuerde siempre lo siguiente:
  • SAT solo acepta gastos deducibles por sueldos los que figuren en planillas del IGSS,
  • Evite inflar el renglón de Otros Gastos Generales, mejor clasifíquelo en alguno de los renglones de la Declaración,
  • No olvide actualizar la Estimación para cuentas incobrables,
  • Todos los Gastos, cuentas por pagar, por cobrar, inventarios, etc. deben de tener documentación de soporte.

5. No olvide que si fué clasificado como Contribuyente especial por SAT deberá presentar Informe de Auditoría Externa que contenga Dictamen de Auditor Independiente sobre los Estados Financieros Auditados que exige SAT.

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