FACTURAS Y REGIMEN DEL ISR MENSUAL

  1. A partir del 14 de Enero 2023, solo podrán emitirse facturas por consumidor final (c/f) por las ventas de Q2,500.00 o menos y si no tiene No. de nit el comprador se deberá de consignar el numero de DPI y los servicios de agua, luz y telefonía, solo se aceptaran por valores de Q500.00 o menos.
  2. Los pequeños contribuyentes quedaran incorporados al Régimen FEL a mas tardar el 31 de marzo 2023 y ya no se aceptaran que la factura que se emita lleve sin anotar o en blanco el numero de Nit y el nombre del receptor del documento.
  3. En noviembre deberá de evaluar si la empresa debe de cambiar en Diciembre el régimen de tributación del ISR mensual al ISR trimestral o viceversa.
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5. No olvide que si fué clasificado como Contribuyente especial por SAT deberá presentar Informe de Auditoría Externa que contenga Dictamen de Auditor Independiente sobre los Estados Financieros Auditados que exige SAT.