- Es importante recordarles que derivado de las nuevas disposiciones del Decreto Ley 15-2026 “ Ley Antilavado”, la cual entra en vigencia a partir del 17 de septiembre 2026, indica que cualesquier obtención de ingresos que no sea producto de las ventas normales de la empresa deberá declararse al fisco mediante el pago de Ganancias de Capital,
- Después de entrar en vigencia la ley 15-2026 las empresas tendrán obligación de llevar un libro de Accionistas y proporcionar las información concerniente a los accionistas y también de solicitar una certificación del Registro Mercantil de que se ha cumplido con esta obligación legal-tributaria,
- Como recordarán se les indicó que con fecha 2 de junio nació la obligación de presentar declaraciones a través de la Agencia Virtual de los contribuyentes especiales, naciendo esta obligación con las declaraciones del mes de mayo que se presentan en junio y para todos los demás contribuyentes la obligación de realizar las Declaraciones para el fisco a partir del 1 de septiembre de 2026, es decir las declaraciones de agosto que se presentan en septiembre, únicamente se podrán hacer a través de la Agencia Virtual de todos los contribuyentes.
- Recordar que es importante mantener al día la actualización del RTU de acuerdo a la fecha de cumpleaños ( si es negocio individual) o de acuerdo a la fecha de constitución de la sociedad, de lo contrario el No. De Nit queda en suspenso y no podrá realizar importaciones u otras transacciones que requieran la autorización de la SAT,
- En vista que las SAT a partir de agosto mostrará en la Agencia Virtual de todos los contribuyentes una pre declaración y si no está igual con lo que reporta el contribuyente va a provocar inconsistencias, por lo que se recomienda que en el caso de los servicios mediante el contrato de arrendamiento soliciten que los recibos salgan a nombre del contribuyente y si no lo hicieren como mínimo deberán de preparar una conciliación entre lo reportado a SAT versus la pre declaración que les aparecerá en la Agencia Virtual, así lo aclaran al llegarles el aviso de inconsistencia de SAT,
- La SAT le está poniendo mucha atención a que todos los contribuyentes tengan debidamente habilitados ante SAT y autorizados ante el Registro Mercantil los libros contables y los Registros de compras y ventas del IVA, así como el libro de Registro de Accionistas.
PUBLICACIONES AGOSTO 2026
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Orozco Monzón y Asocs. Les sugiere en mayo 2026 que tomen en cuenta lo siguiente: